jueves, 24 de noviembre de 2011

En lo que va del 2011 murieron 42 personas en accidentes de motos

Las leyes nacional y provincial de tránsito no establecen cuántos pasajeros pueden trasladarse en esos vehículos al mismo tiempo. Se limitan a especificar que lo legal es el “número de ocupantes que el fabricante recomienda”.

Las leyes nacional y provincial de tránsito no determinan con precisión la cantidad de personas que pueden circular a bordo de una motocicleta. Sólo se limitan a especificar que lo legal es el “número de ocupantes que el fabricante recomienda”.

De esta manera los entendidos “infieren” que pueden ser dos personas (el conductor y el acompañante) los que legalmente pueden viajar al mismo tiempo en estos vehículos de dos ruedas, siempre que usen casco protector.

A poco de terminar 2011, han muerto 42 personas en accidentes de motos en Mendoza y en 32 de los casos los conductores no viajaban solos en el rodado: iban con un acompañante o con más de un pasajero, según estadísticas del Ministerio de Seguridad, donde se calcula que en la provincia hay unas 230 mil motocicletas registradas.

De hecho, la muerte Nº 42 se produjo este miércoles: fue un hombre que sufrió serias heridas tras chocar su moto contra un micro que estaba detenido, en Colonia Bombal (Maipú), e iba junto a su mujer y a la bebé de la pareja, quien quedó muy lesionado y en grave estado en el Hospital Notti.

Vacío legal

Sin embargo hay un vacío legal. A diario, motos de cualquier cilindrada aceleran en calles, carriles y autopistas de Mendoza con una particularidad cada vez más repetida: llevan sobre su estructura a una familia entera.

Papá conduce, uno o dos niños muy chicos (bebés en muchos casos) van en el medio y la mamá cierra esta especie de sánguche mortal.

Son cuatro personas las del ejemplo cotidiano utilizado para esta nota. Pero a pesar de su peligrosidad, la ley no prevé esta situación. “No está prohibido expresamente, y lo que no está prohibido no se puede sancionar. Es un gran vacío legal”, se lamentó Oscar Hómola, titular de la Dirección de Seguridad Vial.

La única salvedad para aplicar una sanción es que la mayoría de las veces alguno de los tripulantes no lleva casco y por este motivo se puede labrar un acta. Pero no por la cantidad de personas que usan este vehículo al mismo tiempo.

Otro punto que estira las dimensiones del vacío legal es que tampoco se especifica la edad que debe tener una persona para subir como acompañante a una motocicleta.

Así, da lo mismo que tenga unos pocos días de vida o 15 años de edad, siempre que usen casco. Claro que no existen cascos para bebés o niños muy chiquitos.

En este punto hay que recordar que hace dos días hubo un accidente en moto en el que falleció el conductor, mientras que un bebé de un año y medio está en estado crítico en el hospital Humberto Notti con asistencia respiratoria.

En el accidente chocaron de atrás a un micro que estaba parado.


Sanción no, prevención sí
Como no se puede sancionar, la policía se limita a prevenir.

“En cada operativo se les recomienda a las personas que no viajen tantos en una sola moto. Pero lo cierto es que hay muchas familias que tienen este modo de transporte como única oportunidad de trasladarse para todo, trabajo y escuela incluidos”, señaló Hómola.

A tono, Daniel Tejada, profesor de Accidentología del Instituto Juan Vucetich, opinó que el número permitido es no más de dos personas, aunque no se especifica en ninguna ley.

“Tampoco está legislada la edad del acompañante, pero en los cursos que dictamos recomendamos que los niños no viajen en moto aunque el conductor sea un adulto”.

En este sentido destacó que la labor del acompañante es muy importante para la conducción de una moto y que por lo general los más chicos tienden a sujetarse mal, “lo hacen del vehículo y no del acompañante. Además suelen correr peor suerte que el conductor a la hora de salir despedidos en caso de accidente”, detalló.

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